A pesar de que el Tribunal de Apelaciones del Primer Circuito rechazó la demanda de los periodistas puertorriqueños de que no hubo violación de la Primera Enmienda de la Constitutición de Estados Unidos que otorga la libertad de prensa, el tribunal si dijo que el FBI usó fuerza exeso de fuerza cuando atacaron a periodistas en febrero del 2006 en Rio Piedra, Puerto Rico. Los reporteros estaban cubriendo el allanamiento de una líder independentista, Lilian Laboy.
El FBI allanó a cinco hogares y una agencia de desarrollo económico en seis municipalidades, la mayoría en la parte occidental de esta nación caribeña. Las redadas fueron hecha mientras los activistas estaban fuera de sus casas trabajando. Todos eran parte de la Coordinadora Nacional Rompiendo el Perímetro, grupo que se formó después que el FBI mataron al independentista Feliberto Ojeda Ríos, hace cinco meses anterior. El objetivo de las redadas, dijo el FBI, era para buscar evidencia de “terrorismo doméstico” en Puerto Rico. Hasta la fecha nadie ha sido arrestado en Puerto Rico por “terrorismo doméstico”.
El FBI dijo que sus acciones violentas eran para “proteger al público, la prensa, y nuestros agentes durante el operativo”. El FBI dio como otra excusa que se le lanzaron artículos a sus vehículos al irse, inclusivo que estos fueron periodistas. Sin embargo, los artículos fueron lanzados después de su atropello a los periodistas. Organizaciones periodísticas retaron a que el FBI produjera prueba de esto.
La Asociación de Periodistas de Puerto Rico, la Overseas Press Club, y seis reporteros, fotografos y camarografos demandaron diciendo que el FBI los atacó mientras estaban en un lugar de acceso público al edificio donde se hacía la redada. Los periodistas fueron invitados a entrar por la hija de Laboy.
El tribunal dijo que no hubo violación de la libertad de prensa o expresión porque no se estableció que los periodistas tuvieran derecho a estar en el estacionamiento del condominio pero rechazó la posición del juez federal José A. Fusté del tribunal estadounidense en Puerto Rico de que no hubo uso excesivo de fuerza.
Dice que directamente que Fusté erró al dar por buena la versión de los hechos del FBI cuando debió darle más credibilidad a la versión de los periodistas demandantes. (“El juez adoptó erróneamente la caracterización que hicieron [los agentes] y falló en evaluar los casos bajo la norma apropiada” .
La decisión del juez de desestimar la demanda fue prematura y le ordena evaluar las reclamaciones de daño que hicieron los seis periodistas demandantes en su carácter personal y los demandantes sometieron un caso claro de violaciones constitucionales por parte del FBI por uso excesivo de la fuerza.
El Tribunal de Apelaciones también sostuvo que os agentes no han ofrecido evidencia que contradiga la versión de los periodistas sobre los hechos de ese día.? “Nada en el récord establece que el grupo de personas estaba descontrolado o que los periodistas que habían entrado al condominio crearon una situación que amenazara la seguridad de los agentes”.
Adelantaron el panel de tres jueces que rociar con gas pimienta en la cara a un periodista que no representaba una amenaza a los agentes y que estaba tirado en el piso no es conducta protegida bajo la inmunidad de actuación que se le reconoce a los agentes mientras realizan su trabajo.
Finalmente, establece el fallo que tener de frente a un grupo de gente obstinada, sin más evidencia de conducta amenazante, no es suficiente para merecer el despliegue de fuerza exhibido por los agentes en este caso.
La Asociación de Periodistas de Puerto Rico dijeron después del fallo, “Le ganamos al FBI en nuestros reclamos de que las acciones viciosas que cometieron... no podían permanecer impunes y no se podían descartar como una agresión más”.
El caso regresa al tribunal estadounidense en Puerto Rico para que determinen si los derechos bajo la Cuarta Enmienda de la Constitución estadounidense fue violada por los agentes del FBI cuando los agentes federales los atacaron.
Periodistas de Puerto Rico ganan una, pierden otra